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¿Qué pasa si no pagas una multa de tráfico en España?

Si te preguntas qué pasa si no pagas una multa de tráfico, aquí tienes una guía clara y actualizada para España. Entenderás la línea temporal (20 días con -50%, 45 días de periodo ordinario y, después, vía ejecutiva), cómo funcionan las notificaciones por DEV y TEU, qué recargos añade Hacienda y cuándo opera la prescripción.

El objetivo es que pagues lo mínimo, a tiempo, y evites embargos y sobrecostes innecesarios.

Cronología realista: del pronto pago al apremio

donde se pagan las multas de trafico​

Antes de decidir, ubica tu caso en la línea de tiempo. Desde la notificación, cuentas 20 días naturales para pagar con descuento del 50% (o alegar). Si dejas pasar ese tramo, entras en periodo ordinario y ya pagas el 100%. Si tampoco pagas entonces, el expediente pasa a recaudación ejecutiva (Agencia Tributaria u órgano equivalente), que añadirá recargos e intereses, con posibilidad de embargo.

  • Día 0–20 (voluntario): paga con -50% o alega (son incompatibles). No hay fraccionamiento.

  • Después de 20 días (ordinario): dispones de 45 días desde la notificación para pagar el 100%.

  • Tras el ordinario (ejecutiva): la deuda pasa a Hacienda con recargos e intereses y riesgo de embargo.

Qué pasa si no tengo dinero para pagar una multa

Plazos y descuentos DGT: -50% por pronto pago, 45 días de periodo ordinario y paso a recaudación

Esta es la palanca de ahorro clave. Si la multa es de la DGT, tienes 20 días naturales desde la notificación para el pronto pago con reducción del 50% (renuncias a alegar).

Pasado el voluntario, se abre el procedimiento ordinario, con 45 días para pagar el 100%. Si tampoco pagas, la sanción se remite a la AEAT para cobrarse con recargo. Además, no está contemplado aplazar ni fraccionar el pago en DGT. Actuar en esta ventana es lo que marca la diferencia en el coste final.

Notificaciones oficiales: DEV, correo y edictos en el TEU/BOE

Muchos pierden el descuento por no enterarse a tiempo. La DGT notifica por correo o por Dirección Electrónica Vial (DEV).

Si estás en DEV y no lees la notificación en 10 días, se entiende rechazada y empiezan tus 20 días para actuar. Si no pueden localizarte por correo, publican la multa en el Tablón Edictal Único (TEU/BOE): a los 20 días de su publicación se te considera notificado y arrancan plazos. Revisa DEV y TEU aunque no hayas recibido carta y desconfía de SMS o emails con enlaces de pago.

No tengo dinero para pagar una multa ¿Cómo puedo resolverlo?

Recargos, intereses y embargo en vía ejecutiva: lo que añade Hacienda

Si la multa llega a ejecutiva, se aplican recargos según cuándo pagues: 5% (ejecutivo, antes de la providencia de apremio), 10% (apremio reducido, pagando dentro del plazo de la providencia) o 20% (apremio ordinario si dejas pasar ese plazo).

Además, se devengan intereses de demora desde que acabó el voluntario y pueden embargarte cuentas, nómina o devoluciones tributarias si persiste el impago. Evitar este estadio con el -50% o pagando antes de que cruce a AEAT suele ser la opción más barata.

¿Se puede pagar una multa a plazos? Alternativas reales

En la DGT no: el pago es íntegro, sin aplazamiento ni fraccionamiento durante el voluntario u ordinario. Cuando la multa ya está en vía ejecutiva, la Administración recaudadora puede estudiar aplazamientos o fraccionamientos con los recargos que correspondan y, en su caso, garantías.

Haz números: casi siempre compensa más aprovechar el -50% en voluntario que dejarla caer a ejecutiva y pedir un aplazamiento más caro.

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Prescripción y caducidad: cuándo expira la multa y cuándo prescribe su cobro

No confíes en dejarla caducar sin más. La ley fija tres relojes: la infracción prescribe si no te notifican en 3 meses (leves) o 6 meses (graves y muy graves); el procedimiento caduca si no hay resolución en 1 año desde su inicio; y, una vez firme la sanción, el derecho a cobrar la multa prescribe a los 4 años.

Ojo: estos plazos se interrumpen con actuaciones administrativas o notificaciones válidas.

Checklist exprés: cómo pagar menos y a tiempo

Antes de que corran los días, recorre este plan. En 10 minutos puedes ahorrar la mitad e impedir recargos.

Verifica emisor, fecha de notificación y el canal por el que te llegó; decide rápido entre pagar con -50% o alegar; y, si vas tarde, intenta cerrar antes de ejecutiva para evitar el recargo del 20% y los intereses.

  1. Confirma emisor y plazos (DGT, CCAA, Ayuntamiento) y cuánto te queda para el -50%.

  2. Elige: pagar con descuento (renuncias a alegar) o alegar (pierdes el -50%).

  3. Revisa DEV (10 días para leer; si no, se entiende rechazada y arrancan 20 días) y TEU (notificada a los 20 días).

  4. Si llegas tarde, paga antes de la ejecutiva o, ya en ella, dentro del plazo de la providencia para intentar el 10% reducido.

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