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Cómo saber si tengo deudas con la seguridad social en España

 

Una de las mayores responsabilidades de todos los trabajadores, pero en especial de los autónomos, se relaciona con estar al día con la seguridad social, pero, ¿Cómo saber si tengo deudas con la seguridad social en España?

Cómo saber si tengo deudas con la seguridad social

Como bien sabemos la seguridad social es de suma importancia, ya que su principal objetivo es que, la población tenga asegurado una cantidad de prestaciones mínimas, por lo tanto, el no tener deudas con esta nos ayuda a asegurar un futuro estable. Sin embargo, hay diversas opciones para pagar deudas seguridad social, una muy buena opción es ibercredito.es.

Aunque si bien puede ser por la falta de presentación de los documentos o, por el pago de la deuda fuera del plazo, la seguridad social es algo con lo que se debe estar pendiente. A continuación, te explicaremos qué deudas puedes contraer con la seguridad social.

Seguros sociales de los trabajadores

Al preguntarte, ¿Cómo saber si tengo deudas con la seguridad social en España? Una de las deudas más frecuentes, es la de seguros sociales de los trabajadores, se aplica si la empresa o el autónomo no efectúa el pago de los seguros sociales a sus trabajadores, si no se cargan estas deudas en un periodo largo de tiempo, aunque el pago haya sido realizado fuera de los plazos establecidos. A esto también se le suele llamar situación de descubierto.

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Cuota de autónomos

Otra forma de contraer una deuda es cuando existe otra cuota que no hayas pagado.

Si este es el caso, deberás abonar la deuda más un recargo del 20%, ya que la obligación de cotizar nace desde el primer momento que estás iniciando la actividad económica que vas a desarrollar y esta misma obligación termina solo en el caso de que la actividad económica tenga un cierre, y para ello debe quedar una constancia a través de la baja de autónomos.

¿Cómo puedo consultar deudas con seguridad social­­­?

Si sigues teniendo la duda de, cómo saber si tengo deudas con la seguridad social en España. Actualmente es muy sencillo saber si tienes o no deudas, a través de una consulta en internet desde la página oficial, y esta página no solo está dirigida para los trabajadores autónomos, también a los ciudadanos en general y a las personas jurídicas.

Como requisito previo, se debe tener un número de afiliación conocido como la NAF o, un código de cuenta de cotización

Sin embargo, de no poseer alguna deuda con la seguridad social, también puedes obtener el certificado de deudas seguridad social. En el caso de no tener alguna deuda el sistema mostrará un texto “sin identificadores asociados” puedes acceder a la página con cualquiera de las siguientes opciones:

  • Un certificado electrónico o DNI
  • Clave o pin
  • Nombre de usuario y contraseña

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Qué es el certificado de deudas y para qué me sirve

En este documento, se identifica primero a la empresa o persona que lo solicita. Luego se señala que no existen deudas, o en el caso de tenerlas se señalaran los importes y se enumeran, dejando de último la fecha de emisión del documento.

Este es un documento oficial y de suma importancia que nos servirá para dar a conocer si el servidor tiene algún tipo de deudas con el organismo. La presentación de este documento es muy habitual para multitud de trámites.

Sin embargo, es muy común que este documento sea usado en las propias relaciones de muchos trabajadores por la Seguridad Social, un ejemplo muy claro es cuándo se solicitan reducciones o bonificaciones de las cuotas e incluso para lograr un simple aplazamiento de pagos, son casos determinados en los que el certificado de deudas te puede servir.

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Qué pasa si tengo deudas con la seguridad social

Son muchas las consecuencias que puedes tener de no obtener el certificado, o en general por tener deudas de seguro social, una de las más importantes consecuencias es que perderás la oportunidad de beneficiarte de algún tipo de bonificación o en tal caso de subvención hasta que no canceles la deuda.

Otra razón de peso es que no podrás jubilarte, aunque en dicho momento cumplas con las condiciones para hacerlo, deberás cancelar la deuda.

En el caso de que las deudas vengan derivadas por no ingresar las cotizaciones de sus trabajadores, el problema aumentaría al punto de tener que hacerse cargo de las prestaciones que los trabajadores pudiesen percibir.

Entre otras están que le generará una gran deuda con las oficinas de la seguridad social y los correspondientes recargos que podrán aumentar tu deuda. Puede que, si no se satisface o se concede aplazamiento, se le podrá embargar en poco plazo de tiempo.

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Aplazamiento deudas seguridad social

Este procedimiento trata de una amplificación del tiempo que permite pagar las deudas que se contraen con la seguridad social, tanto futuras como acumuladas, ya sea en un plazo superior o posterior a las fechas ya prescritas.

De ser así quienes hayan obtenido el aplazamiento, tendrán que considerar, estar al corriente en todo momento con la seguridad social. Lo que les permitirá, pedir un préstamo a un banco o contratar servicios con las administraciones públicas.

Cualquier autónomo que tribute por IRPF o los que lo hacen por el Impuesto de Sociedades pueden pedir la amplificación de cualquier deuda contraída con la seguridad social.

Hay dos cuotas que no se pueden aplazar: la cuota por accidentes profesionales, y enfermedades de trabajo, y la cuota obrera. Este aplazamiento se puede pedir desde el mismo momento en que haya expirado el plazo reglamentario.

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Prescripción deudas seguridad social

Cuando la deuda prescribe, ya no estás obligado a pagar, sin embargo, la deuda la sigues teniendo. Bajo el artículo 42 del Reglamento General de Recaudación, las deudas prescriben a los 4 años, es fundamental para la prescripción saber qué tipo de deuda tiene, para así saber desde cuando se empiezan a cumplir los 4 años.

Se interrumpe la prescripción en casos como, por ejemplo: si se efectuó una solicitud de una prestación económica de Seguridad Social en donde se advierte a la persona que debe ponerse al corriente con sus cuotas de pago.

 

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